En México, el uso de cámaras en vehículos, comúnmente conocidas como "dash cams" o cámaras de tablero, no está expresamente regulado por una ley federal que prohíba o permita su uso de manera específica. Sin embargo, su utilización debe estar enmarcada dentro de los límites que establecen las leyes en materia de privacidad y protección de datos personales.

Es importante considerar que, al grabar con una dash cam, se pueden capturar imágenes de personas o placas de vehículos, lo cual involucra el tratamiento de datos personales. Por tanto, se deben respetar las disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, que regula el tratamiento legítimo, controlado e informado de los datos personales para garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas.

Además, se debe tener en cuenta que cualquier grabación obtenida con una dash cam no puede ser utilizada para fines ilícitos y debe respetarse el derecho a la privacidad de terceros. En caso de que las grabaciones se utilicen como prueba en algún procedimiento legal, deberán cumplir con los criterios que establece la ley para ser consideradas como evidencia admisible.

En resumen, mientras el uso de las dash cams no viole la privacidad y los datos personales de los individuos, y su utilización sea para fines lícitos (como seguridad personal o como prueba en un eventual siniestro vial), su uso puede considerarse legal. No obstante, siempre es recomendable revisar la normativa local, ya que puede haber regulaciones específicas en algunos estados o municipios.

Leyes en las que me basé para esta respuesta:

  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (México).