Licencia de asueto por paternidad en la empresa privada salvadore��a: obligaciones y derechos

En El Salvador, la empresa privada está obligada a dar licencia de asueto por paternidad de acuerdo con el Código de Trabajo. La licencia de asueto por paternidad dura cinco días hábiles y se debe gozar dentro de los quince días posteriores al nacimiento del hijo o hija.

Requisitos y/o condiciones:

  • Presentar solicitud por escrito al empleador con al menos quince días de anticipación a la fecha en que desea gozar la licencia.
  • Incluir nombre, número de documento de identidad, dirección, nombre de la madre del hijo o hija, fecha de nacimiento del hijo o hija, y fecha en que desea gozar la licencia.
  • Empresa debe autorizar la licencia dentro de los tres días siguientes a la fecha en que recibió la solicitud.
  • El empleador no puede negarse a autorizar la licencia, a menos que el trabajador no haya cumplido con los requisitos establecidos en el Código de Trabajo.

Derechos:

  • La licencia de asueto por paternidad es con goce de salario completo, es decir, el empleador no puede descontar el salario del trabajador por el tiempo que dure la licencia.
  • En caso de incumplimiento por parte del empleador, el trabajador puede presentar una demanda ante los tribunales laborales, obteniendo la posibilidad de restaurar el derecho infringido, solicitar la compensación del daño patrimonial y moral.

Otros beneficios:

  • Muchos empleadores ofrecen beneficios adicionales a sus empleados que se convierten en padres, como tiempo libre adicional, asistencia financiera o apoyo emocional.

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