Artículo 117Artículo 117 — Modificación del artículo 117
Art. 117.- Las infracciones de tránsito y seguridad vial se clasifican en leves, graves y muy graves.
Previo a la adquisición de cualquier vehículo automotor, el interesado deberá cerciorarse en el registro público de vehículos, que no exista pendiente el pago de multas que se hubieren impuesto respecto del mismo, al propietario o legítimo tenedor.
En todo caso, la tarjeta de circulación del vehículo de que se trate sólo podrá renovarse, previo pago de la multa.
Las multas por infracciones de tránsito, transporte terrestre y transporte de carga, deberán ser aplicadas por las autoridades competentes por medios escritos, electrónicos u otros de acuerdo a la legislación vigente.
CUADRO DE MULTAS DE TRÁNSITO POR INFRACCIONES (FE DE ERRATA)
Nº DESCRIPCIÓN VALOR
DÓLAR
LEVES
CIRCULACIÓN
1 Virar en "U" donde no es permitido. $50
2 Sobrepasar a otro vehículo sin antes indicar la maniobra. $50
CONTROL
3 No portar tarjeta de circulación. $50
4 Conducir vehículo como instructor de una escuela de manejo sin su respectivo carné o portarlo vencido. $50
5 Circular con tarjeta de circulación vencida. $50
6 Conducir con licencia extranjera fuera del tiempo reglamentario. $50
7 Conducir con licencia vencida. $50
8 Carecer de luz de placa en los vehículos que tengan este elemento de fábrica. $50
9 Utilizar más placas de las permitidas. $50
10 No portar licencia de conducir. $50
11 Circular con vehículos con placas nacionales fuera de la jornada laboral, sin la debida autorización. $50
12 Circular con vehículos fuera del sistema del Registro Público de Vehículos por falta de refrenda. $50
ESTACIONAMIENTO
13 Estacionarse a más de 30 centímetros de la cuneta. $50
14 Estacionarse al contrario de la circulación en la vía. $50
MEDIO AMBIENTE
15 Circular el vehículo con escape libre, bazuca o aditamento que produzca estridencia, que sobrepase los límites legalmente admisibles. $50
16 Usar indebidamente pitos de aire, bocinas eléctricas, y otros dispositivos sonoros en vehículos automotores, en los casos prohibidos por el Reglamento respectivo. $50
OBSTRUCCIÓN DEL PASO
17 Obstruir el paso en las vías públicas con entierros, desfiles, eventos deportivos, u otros similares o con cualquier objeto que obstaculice el uso de la vía. $50
SEGURIDAD VIAL
18 Conducir con luz alta en la ciudad. $50
19 Conducir sin el distintivo rojo durante el día cuando la carga sobresale de la carrocería en la parte delantera o trasera, y por la noche sin una señal reflectiva. El uso de distintivo rojo no aplica para los vehículos de carga. $50
20 Circular sin el banderín y/o distintivo de aprendizaje. $50
21 No portar llanta de repuesto en vehículos automotores, salvo que el vehículo no cuente con este elemento de fábrica, siempre y cuando, utilice llantas especiales reforzadas que permitan seguir circulando después de sufrir una avería u otro daño, o utilizar algún aditamento que supla la necesidad $50
22 Circular con llantas lisas o en mal estado $50
23 Carecer total o parcialmente de luz delantera o trasera. $50
24 No portar los triángulos o conos reflectivos, y los dispositivos preventivos de seguridad vial detallados en el reglamento respectivo. $50
25 Usar halógenos a una altura superior a los 75 centímetros desde el suelo. $50
26 Llevar anuncios en las ventanillas o parabrisas que afecten la visibilidad e identificación del conductor o utilizar leyendas o letreros sobrepuestos, de carácter ofensivo, vulgar o soez $50
27 Lanzar desde un vehículo en marcha, arrojar, depositar o abandonar basura, residuos o desechos de cualquier clase, en aceras, calles, carreteras u otras vías públicas de circulación. $50
28 Incumplir las disposiciones relativas al porcentaje mínimo de paso de luz solar en los vidrios polarizados, regulados en esta ley. $50
29 No encender las luces direccionales al cruzar o cambiar de carril. $50
GRAVES
CIRCULACIÓN
30 Conducir describiendo curvas o haciendo "zig-zag". $100
31 Estacionarse en área señalizada exclusivamente para vehículos de transporte de personas con discapacidad que porten placa o distintivo extendido por la autoridad competente, lugares reservados para el estacionamiento de vehículos conducidos por mujeres embarazadas u otras zonas que se establezcan como exclusivas para determinados tipos de vehículos. $100
32 No ceder el paso a vehículos de emergencia, cuando tienen activadas las sirenas y señales rotativas luminosas. $100
33 Circular valiéndose del derecho de vía libre concedido a los vehículos de emergencia, cuando tienen activadas las sirenas y señales rotativas luminosas. (FE DE ERRATA) $100
34 No respetar fila cuando haya congestiona miento de vehículos o penetrar con el vehículo en una intersección o en un paso, si la situación de la circulación es tal que, previsiblemente, puede quedar deteniendo en forma que impide u obstruya la circulación transversal. $100
35 No disminuir la velocidad en zonas restringidas tales como: colegios, escuelas, hospitales, centros deportivos, mercados y zonas 30. $100
36 Sobrepasar a otro vehículo en boca-calle. $100
37 Colocarse en carril que no le corresponda en boca-calle para iniciar la marcha. $100
38 Aumentar la velocidad cuando otro vehículo trate de sobrepasar. $100
39 Circular, rebasar o cruzar la doble línea amarilla central que divide la vía en doble sentido de circulación. $100
CONTROL
40 No atender la indicación realizada por la autoridad que se encuentre gestionando el tráfico en las vías. $100
41 No inscribir en el Registro Público de Vehículos los documentos de propiedad, transferencia o tenencia legítima del vehículo en el término que la ley establece. $100
42 Conducir con licencia inadecuada al tipo de vehículo. $100