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DECRETO Nº 156
Régimen transitorio y excepcional que faculta al Ministerio de Hacienda para realizar a través de la emisión de notas de crédito del Tesoro Público, el pago del adeudo que en concepto de servicio de suministro de energía eléctrica adeuda la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados, a las entidades distribuidoras del mismo.